Global Journal of Human Social Science, C: Sociology and Culture, Volume 21 Issue 5

1995 se aprobó la Ley Nº 26505, más conocida como Ley de Tierras. Lejos de incentivar el fortalecimiento de las organizaciones comunales, esta Ley desarrolló los mecanismos para que las comunidades, sobre todo de la costa, puedan disponer de sus tierras pero no aportó nada al proceso de formalización de su derecho de propiedad (Del Castillo 2004: 91). Y fue a partir de la Ley de Titulación Ley de Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa, Ley N°. 26845, promulgada el 23 de julio de 1997 que declaró de “interés nacional el otorgamiento de títulos de propiedad y la inscripción registral de las tierras de las comunidades campesinas de la costa y las de sus comuneros que adopten la decisión de proceder a la adjudicación en parcelas individuales o en copropiedad, con el fin de garantizar los derechos de las comunidades campesinas de la costa al uso y la libre disposición de sus tierras, los derechos de los comuneros a la propiedad individual y a la herencia, y al ejercicio de la iniciativa privada”. Con la finalidad de promover la inversión privada, el gobierno implementó esta normativa que facultaba a las comunidades a parcelar y adjudicar las tierras. A una buena cantidad de comunidades campesinas que se encuentran en la costa, y en zonas de expansión urbana, se les dio el derecho de decidir libremente el régimen jurídico de la propiedad comunal. Ninguna de estas normas buscó el fortalecimiento de la organización comunal, pero sí abrieron el camino para el desarrollo intensivo del mercado de tierras, fenómeno no tan nuevo en las comunidades, aunque de modo limitado hasta entonces. En ese sentido, con la constitución del 93 y las normas mencionadas, el terreno comunal dejó de ser intangible (Riofrío y Cabrera 2010) y dejó abierta la posibilidad para poder ser individualizado y mercantilizado, fenómeno que confirma que con el neoliberalismo existe “primero, la destrucción (parcial) de los acuerdos institucionales y compromisos políticos vigentes mediante iniciativas de reforma orientadas al mercado; y segundo, la creación (tendencial) de una nueva infraestructura para el crecimiento económico orientado al mercado, la mercantilización de bienes y servicios y el predominio del capital” (Brenner, Peck y Theodore 2015: 226). De manera paralela, Lima experimentó un proceso de crecimiento desbordante, sobre todo desde la segunda mitad del siglo XX, cuando las grandes barriadas se convirtieron en nuevos distritos y formaron nuevas centralidades. En nuestros tiempos, más de una decena de distritos de Lima Metropolitana tienen conexión con territorios de comunidades campesinas, produciendo escenarios de negociación, conflicto y disputa por el terreno. En este escenario instituido, las comunidades experimentan fracturas en su organización y dinámica interna, y donde sus integrantes han desarrollado mecanismos de comercialización de la tierra. Según la normativa, las comunidades campesinas de la costa deben adjudicar los terrenos a quien las necesita, pero a lo largo de los años existen evidencias de que estas comunidades mercantilizan terrenos, incluso, buscando formas para ampliar sus áreas de extensión que les permita disponer de esos predios. Esto se debe también a cómo se encuentra la estructura de las comunidades en áreas de expansión urbana, sobre todo de la costa, y la forma cómo han sufrido una desestructuración de su organización matriz a partir de la formación de otras organizaciones urbanas desconectadas de la organización matriz producto del crecimiento urbano En cuanto al nivel de articulación entre las municipalidades y las comunidades campesinas en relación al uso del suelo en zonas de expansión urbana, las evidencias sugieren que no existe compatibilidad entre las normas que rigen a las municipalidades con las normas que rigen la dinámica de las comunidades campesinas, mucho menos construyen ideas o planes para el crecimiento de las ciudades. La municipalidad no necesariamente tiene información de la transferencia de los terrenos que realiza la comunidad campesina, “no se entera de absolutamente nada”. Muchas veces, el alcalde mantiene conocimiento cuando llega el expediente para el pago respectivo de los impuestos de esos terrenos. Si dos sujetos de ideas opuestas tienen poder en la comunidad campesina y en el municipio, puede generar mayor conflicto y la dificultad para los traficantes, por ello, convertirse en autoridades municipales, resulta muy un mecanismo efectivo para organizaciones o sujetos dedicadas al tráfico de terrenos. En síntesis, la ausencia de un proyecto de ciudad, la falta de una ley de suelo, la naturalización del reconocimiento de la posesión del lote y no el acceso a vivienda, las desestructuración de la organizacional comunal y la apropiación de la lógica mercantil de las políticas económicas neoliberales, son algunos de los factores que han legitimado el mercado ilegal de tierras, fenómeno conocido como la práctica del tráfico de tierras que ha entendido la especulación inmobiliaria. IV. R eflexiones F inales Hemos buscado comprender los tipos de tráficos de tierras, así como las implicaciones políticas, institucionales y culturales. Se ha analizado el rol que cumplen las municipalidades y las prácticas clientelares que derivan del uso de instrumentos de reconocimiento para la posesión del suelo; así como la transformación de dirigente gestor a dirigente traficante y las fracturas de las comunidades campesinas. Como se ha descrito, los tipos de tierras se distinguen por el nivel de especialización, pero también por el desarrollo de lógicas de movilidad espacial: El tipo circunstancial corresponde a una movilidad de nivel Volume XXI Issue V Version I 86 ( ) Global Journal of Human Social Science - Year 2021 C © 2021 Global Journals Tráfico de Tierras en Áreas Periurbanas de Lima, Perú: Tipos e Implicancias Político- Institucionales y Socioculturales

RkJQdWJsaXNoZXIy NTg4NDg=